La Sala del Senado respaldó el proyecto que modifica el Código del Trabajo en materias de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, aprobando en general y particular la norma iniciada en mensaje que fue fusionada con cuatro mociones de senadores y senadoras para incorporar el derecho a jornadas híbridas para las y los trabajadores que desempeñan labores de cuidado.

Tras esto, deberá ser vista por la Cámara de Diputadas y Diputados.

Los puntos esenciales del proyecto son los siguientes:

El feriado se concederá preferentemente durante el periodo de vacaciones definidas por el Mineduc conforme al calendario del año escolar respectivo, a las personas trabajadoras que tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de catorce años o adolescente menor de 18 años con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, por sobre otros trabajadores sin tales obligaciones.

La persona trabajadora hará la solicitud, al menos, con treinta días de anticipación, y deberá acompañar el certificado de nacimiento que acredite la filiación respecto de un niño o niña; o la resolución judicial de un tribunal que otorga el cuidado personal de éstos o éstas; o el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad.

Durante el periodo de vacaciones y cuando la naturaleza de sus funciones lo permita y la empresa funcione en un horario que sea compatible, las personas trabajadoras tendrán derecho a que se modifiquen transitoriamente los turnos o la distribución de la jornada diaria y semanal.

El empleador dará su respuesta dentro de los diez días siguientes a su presentación, pudiendo ofrecer una fórmula alternativa o rechazar la propuesta.

Para más información lo invitamos a visitar https://www.senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/index.php?boletin_ini=16092-13 y/o contactar a Juan Pablo Grant al correo jpgrant@ossandon.cl